Becas de Colaboración URJC 2012
Convocatoria becas de colaboración en servicios de la Universidad Rey Juan Carlos
Relación de Admitidos y en lista de espera
Convocatoria becas-colaboración en servicios de la universidad Rey Juan Carlos período febrero/julio 2012.
(6 meses)
| Ver Anexo I
| Solicitud Beca de Colaboración
ESTE RECTORADO ha dispuesto:
Primero. -Se convocan para el período febrero/julio 2012 las becas-colaboración que se indican en el anexo I de la presente Convocatoria
Segundo. -Requisitos de los candidatos.- Podrán solicitar esta ayuda aquellos estudiantes de la URJC que reúnan los siguientes requisitos:
- a) Estar matriculado, durante el año académico 2011/2012 en algún centro oficial de la Universidad Rey Juan Carlos.
- b) No mantener una relación laboral o administrativa con entidad pública o privada.
- c) No haberle sido revocada una beca de colaboración en ninguna convocatoria anterior.
- d) No haber renunciado anteriormente a una beca de colaboración sin causa justificada.
- e) En el caso de haber sido anteriormente becario de colaboración, no existir informe desfavorable por parte del Servicio en el que se desarrolló la beca-colaboración.
Tercero.- Dotación. -La dotación económica mensual será la especificada en el apartado correspondiente del Anexo I de la presente convocatoria, resultando de aplicación el artículo 17 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
Cuarto.- Plazo y formalización de solicitudes .-Las solicitudes, según los modelos que figuran como anexo II de la presente Convocatoria, podrán ser recogidas y presentadas en los Registros de la Universidad o mediante correo certificado, dirigidas a la Ilma. Sra. Vicerrectora de Alumnos, Títulos Propios, Postgrados y Unidades Docentes Delegadas, del 9 al 13 de enero de 2012, ambos inclusive.
La solicitud se presentará acompañada de los siguientes documentos:
- 1.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o NIE.
- 2.- Fotocopia del número de Afiliación a la Seguridad Social
- 3.- Los alumnos de primer curso deberán presentar fotocopia de la tarjeta de selectividad o, en su caso, de la certificación académica de Formación Profesional de segundo o equivalente. Los alumnos de primer año de Titulaciones de 2º ciclo, deberán presentar certificado académico de la titulación que les dio acceso.
- 4.- Los alumnos de Doctorado y Postgrado presentarán certificado de estudios de la titulación que les haya dado acceso.
- 5.- La documentación necesaria para acreditar los requisitos específicos y demás condiciones que, según la modalidad de beca, se indican en el Anexo I, así como la que el solicitante considere oportuna (currículum, títulos, cursos, etc.).
En ningún caso será válido la presentación de Pasaporte.
Quinto.- Condiciones de los beneficiarios. -Para ser beneficiario de beca-colaboración, el alumno deberá reunir los requisitos específicos de la beca en cuestión (ver anexo I) y obtener una puntuación total, calculada por el procedimiento establecido en el artículo séptimo de la presente Convocatoria, que le sitúe dentro del número de ayudas a conceder en el centro o servicio correspondiente, por la modalidad de beca-colaboración a la que se haya optado, y por el campus correspondiente.
Sexto.- Período y condiciones de disfrute.-
1.- El período de disfrute de la beca-colaboración será el que figura en el punto primero de la convocatoria.
2.- En los supuestos de las becas en las que sea incompatible el turno establecido como jornada reducida en la Universidad, se recuperarán esas horas ese mismo día en el turno que sea posible realizar.
3.- Días festivos. Se disfrutarán los días festivos que marque la Comunidad de Madrid, así como los respectivos a cada Campus y localidad. Los Becarios disfrutarán la fiesta del Campus donde realicen sus tareas. En caso de que el puesto de la beca no cierre ningún día de los anteriormente señalados se disfrutará como día festivo el correspondiente al de la titulación del alumno. Los días festivos por Navidad y Semana Santa se determinarán a comienzos del año 2012.
4.- Los alumnos que resulten beneficiarios de estas becas tendrán derecho a un plan de formación teórico-práctico y a la asignación de un tutor responsable del mismo. Este tutor será el responsable del servicio o ámbito en el que el solicitante haya obtenido su beca.
5.- Los beneficiarios de estas becas tendrán las siguientes obligaciones:
- a) Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para la concesión y disfrute de la ayuda.
- b) Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda.
- c) Seguir durante el curso 2011/2012 por enseñanza oficial de la Universidad Rey Juan Carlos los estudios en los que se encuentran matriculados.
- d) Destinar la dedicación diaria a efectos formativos que se especifica en el Anexo I de la presente convocatoria para cada una de las Becas-Colaboración convocadas, de acuerdo con las instrucciones que en relación con las tareas y el horario reciba del responsable de la unidad o centro de destino.
6.- Ningún beneficiario de una beca-colaboración de la URJC podrá mantenerse en el mismo servicio por más de dos años.
7.- En ningún caso el disfrute de una beca-colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad Rey Juan Carlos y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativa con dicha Universidad, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca.
Séptimo.- Lista de Admitidos y Selección de Candidatos.-
1.- El Servicio de Pruebas de Acceso, Títulos y Becas elaborará un listado nominal, que será expuesto en los tablones de anuncios del Rectorado de esta Universidad, de los solicitantes cuya documentación sea incompleta, con especificación del defecto a subsanar.
Para la subsanación de dichos defectos, se otorga un plazo de 4 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de los mencionados listados, finalizado el cual, el Servicio de Pruebas de Acceso, Títulos y Becas examinará la documentación aportada en fase de subsanación y emitirá el listado completo de solicitudes admitidas y excluidas, indicando en este último caso las causas de exclusión.
2.- Para el estudio de las solicitudes presentadas y las propuestas de posibles becarios se constituirá una Comisión de Selección, cuyo número será impar y presidida por la Vicerrectora.
3.- La Comisión de Selección tomará como puntuación base la nota media del expediente del solicitante (puntuación entre 0 y 10).
Para alumnos de nuevo ingreso la nota que se tomará será la siguiente:
- Provenientes de las Pruebas de Acceso a la Universidad se le tomará la nota de acceso.
- Para alumnos de FP (solamente se tendrá en cuenta 2º Grado de FP) y COU (ambas sin Selectividad):

- Para alumnos de primer curso de titulaciones de 2º Ciclo, se tendrá en cuenta la nota media del expediente de la titulación que les dio acceso.
- Para alumnos de Doctorado y Postgrado se tendrá en cuenta la nota media del expediente de la titulación que les dio acceso.
4.- A la puntuación final obtenida en virtud de lo establecido en el apartado anterior se sumará la calificación otorgada por otros méritos valorables hasta el máximo de cuatro puntos y medio (ver Anexo I), obteniéndose así la puntuación total de cada solicitante, en función de la cual se priorizará la propuesta de concesión.
5.- La Comisión de Selección formulará la propuesta de concesión de becas-colaboración, dentro del cupo asignado a cada modalidad de beca y campus, ordenadas según la puntuación total obtenida y dirimiendo los posibles empates. Dicha propuesta será resuelta por la Vicerrectora de Alumnos, Títulos Propios, Postgrado y Unidades Docentes Delegadas.
Contra dicha resolución podrán interponerse los recursos que se especifican en la Base Octava de la presente convocatoria.
6.- Se extenderá credencial de Becario a favor de los candidatos seleccionados, quienes firmarán el compromiso de aceptar y cumplir las tareas y el horario que se establezca. La no formalización de la Beca por parte del interesado, en el plazo que se estipule al efecto, se entenderá como renuncia a la misma.
7.- Si a lo largo del período de duración de la beca-colaboración se produjera alguna vacante, esta será cubierta hasta el final de su duración, entre las solicitudes que no obtuvieron plaza, siguiendo el orden de preferencia indicado por el alumno y de acuerdo con la puntuación obtenida.
8.- Si alguna de las plazas quedara vacante y no se pudiese cubrir por no existir lista de espera, se tomarán en cuenta todas aquellas solicitudes que sean presentadas después de la fecha límite establecida en el punto cuarto de esta convocatoria, estableciendo su prioridad por la nota de expediente.
Octavo.- Recursos.-
La Resolución de la Vicerrectora de Alumnos, Títulos Propios, Postgrado y Unidades Docentes Delegadas concediendo las Becas-Colaboración será publicada en los tablones de anuncios del Rectorado además de ser notificada a los interesados. Contra dicha Resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Rector Mgfco. De la Universidad Rey Juan Carlos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación de la Resolución si esta es posterior a su publicación. En caso de que la publicación se produzca con posterioridad a la notificación, el plazo de referencia comenzará a contar a partir del día siguiente a dicha publicación.
Noveno.- Renuncia.-
La renuncia a las becas concedidas, sin causa que lo justifique, apreciada por el Vicerrectorado de Alumnos, Títulos Propios, Postgrados y Unidades Docentes Delegadas, supondrá la imposibilidad de poder volver a solicitar una ayuda de éstas características en el futuro.
Décimo.-Revocación de las becas.-
1. La anulación de la matrícula, por la falta de pago de la misma o de alguno de sus plazos, supondrá la inmediata revocación de la beca-colaboración y la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la Universidad la totalidad de las cantidades percibidas por dicho concepto, sin perjuicio de las acciones legales que pueda emprender aquélla por posible fraude. También supondrá inmediata revocación de la beca la pérdida de las circunstancias específicas que figuran como requisitos en la presente Convocatoria por parte del beneficiario.
2. Los posibles casos de incumplimiento serán inmediatamente comunicados al Vicerrectorado de Alumnos por los responsables de los centros o servicios, a efectos de la apertura de expediente y revocación, en su caso, de la beca concedida.
Undécimo
Los centros de la Universidad procurarán la máxima difusión de la presente convocatoria, exponiéndola en sus tablones de anuncios.
Duodécimo
Queda autorizada la Vicerrectora de Alumnos, Títulos Propios, Postgrados y Unidades Docentes Delegadas, para aclarar las normas contenidas en la presente convocatoria, así como para dictar aquellas que sean precisas para su desarrollo.
Decimotercero
Existiendo razones de interés público que así lo aconsejan, se aplicará al presente procedimiento la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Decimocuarto
El procedimiento de selección de los candidatos y la relación jurídica entre el beneficiario de la Beca-Colaboración y la Universidad Rey Juan Carlos, se rigen por la presente convocatoria, por Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, aprobado en la Comisión Gestora con fecha 28 de junio de 2001 y demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación, resultando competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo para resolver las cuestiones derivadas del régimen jurídico aplicable.
Decimoquinto
La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los tablones de anuncios de la Universidad Rey Juan Carlos designados al efecto.
Fdo.: D. Pedro González-Trevijano
Excmo. Sr. Rector Mgfco. De la Universidad Rey Juan Carlos |